MUNICIPALIDAD DE TALARA OTORGA BENEFICIOS TRIBUTARIOS A CONTRIBUYENTES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE TALARA

MUNICIPALIDAD DE TALARA OTORGA BENEFICIOS TRIBUTARIOS A CONTRIBUYENTES

Lunes, 04 de Septiembre del 2017

La Municipalidad Provincial de Talara, a través de la Ordenanza Municipal Nº 10-08-2017-MPT, estableció el Programa de Beneficios Tributarios y No Tributarios a favor de los contribuyentes para que cancelen las deudas vencidas al 31 de diciembre del 2016  que se encuentren en cobranza ordinaria o coactiva.

Los beneficios otorgados durante 45 días son: la condonación del 50% de los intereses moratorios; y los descuentos del 80% de los gastos administrativos y por cobranza coactiva, así como del 85 por ciento de las multas tributarias. Además, el descuento de arbitrios en los siguientes porcentajes: 90% hasta el 2006, 70% desde el 2007 al 2012 y 50% desde el 2013 al 2016.

Las deudas consideradas en la Ordenanza, aprobada por el Concejo Provincial de Talara, se refieren a los impuestos Predial, Vehicular y  de Alcabala; a los Juegos; y a los Espectáculos Públicos No Deportivos. También las Multas Tributarias, Arbitrios Municipales y Tasas de Licencias de Funcionamiento Pendientes de Pago hasta el 2011.

Asimismo, se acogen a los beneficios la Tasa de Cesión de Uso de Área Lateral, Tasa de Funcionamiento de Uso de Terrenos, las Cuentas por Cobrar de Infracciones Administrativas y de Tránsito, etc. Se exceptúan las deudas que hayan sido objeto de impugnación o aquellas con medida cautelar efectiva bajo cualquiera de sus formas.

También, se considera el fraccionamiento de las deudas en los siguientes porcentajes: 50% de los intereses moratorios, 50% de los gastos administrativos y costas coactivas, y 60% de las multas tributarias. Este beneficio procede siempre y cuando las deudas sean como mínimo de S/ 200.00 y se cancele  al contado; en caso de cancelar en forma fraccionada, se cancelará una cuota inicial  del 10 % del total de la deuda, pudiendo fraccionarse hasta 18 cuotas mensuales con una  cuota mensual a pagar no menor a S/. 80.00.

Los beneficios tributarios serán por 45 días y las deudas que se acojan a dichos beneficios no deben exceder el equivalente a 10 UIT; es decir, S/ 40,500.00.

 

 





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